Detienen autos por operativo Covid-19

A todo conductor que no justifique la salida necesaria de su domicilio, al momento de que se le intercepta por la unidad oficial

Fredy Mejía | Tribuna de San Luis

  · jueves 23 de abril de 2020

La policía está infraccionando y si la falta lo amerita, hasta detiene el auto, dentro del operativo sanitario "Covid-19" que se está realizando en la ciudad y el valle. / Cortesía | Policía Municipal

La policía municipal está aplicando las medidas necesarias para que toda persona permanezca en casa, ante la contingencia del Covid-19, aplicando las fuertes infracciones a los automovilistas que no tengan necesidad de estar en la calle.

RECIBE NOTICIAS DIARIAS EN TU CELULAR, ÚNETE A NUESTRO CANAL DE TELEGRAM AQUÍ

Fue capturado hoy en la mañana uno de los presuntos responsables del asalto a la tienda de conveniencia / Cortesía | Policía Municipal

Desde la semana pasada, los uniformados iniciaron con multas para conductores que no justificaron su estadía en calles de la ciudad e ignoraron el llamado a quedarse en casa.

También para aquellos que transportaban a más de dos personas y que incumplían con el ordenamiento de mantener una sana distancia dentro del auto y llevar mínimo cubrebocas.

Desde la tarde del martes, los policías están asegurando vehículos de conductores que aparte de incumplir con las disposiciones de salud, carecen de licencia de conducir, placas o documentos de los automóviles.

Estas acciones se están realizando con fundamento en el Artículo 88, fracción 26 del Bando de Policía y Buen Gobierno, mismo que indica una sanción de hasta mil 300 pesos por desobedecer un mandato legítimo de la autoridad, además de multas por otras faltas cometidas.

“QUÉDATE EN CASA”

La Policía Municipal está haciendo un llamado a quedarse en casa y evitar este tipo de sanciones que afecta el bolsillo de las familias.

También da a conocer que las actividades que están permitidas son las siguientes: Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistencia a centros sanitarios, hospitales o centros de salud o un establecimiento con actividad esencial, y desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, únicamente si es actividad esencial.

También el retorno al lugar de residencia habitual, asistencia y cuidado a mayores, menores dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables y el desplazamiento a centros bancarios.