/ sábado 1 de septiembre de 2018

No hay evidencias suficientes para acusar a Alejandro Gutiérrez de peculado: PGR

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a laFiscalía de Chihuahua de entregar información “parcial” en elcaso de Alejandro Gutiérrez Gutiérrez , exsecretario generaldel CEN del PRI, por lo que al no tener pruebas suficientes que lorelacionaran con el delito de peculado tuvo que desistir de laacusación en su contra.

El pasado viernes un juez federal determinó dejar en libertad aGutiérrez Gutiérrez, a quien las autoridades de Chihuahua loseñalaban de desviar hacia la campaña política del partido en2016 250 millones de pesos destinados a la educación.

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La PGR señala que la imputación originalmente realizada porla Fiscalía de Chihuahua se sostenía principalmente endeclaraciones de testigos , a los que no tuvo acceso laFiscalía federal y que no fueron corroboradas con otros datos deprueba.

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Señala que la audiencia llevada a cabo en el Centro de JusticiaPenal Federal con sede en el Reclusorio Norte, era a efectos de queel agente del Ministerio Público de la Federación emitiera elpronunciamiento que, conforme a los datos de prueba recabados,correspondiera en términos del artículo 324 del Código Nacionalde Procedimientos Penales.

La solicitud de incompetencia fue resuelta a favordel juzgado de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal delReclusorio Norte por sistema, fuero y territorio, radicándose elasunto bajo el nú

mero 24/2018, por el delito de peculado.

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“Como consecuencia de lo anterior, se ordenó que lasconstancias de la carpeta de investigación 19-2017-2079 de laFiscalía del Estado de Chihuahua fueran entregadas a la FiscalíaFederal, lo cual ocurrió, aunque de forma parcial, por lo que elagente del Ministerio Público de la Federación adscrito a laCiudad de México, recibió sólo una parte de las constancias yregistros de dicha investigación para continuar con lasactuaciones”, señala la PGR.

Fepade atraeinvestigación por desvíos de recursos en Chihuahua

Con estos datos, el agente del Ministerio Público de laFederación concluyó, de conformidad con el artículo 327fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, queno contaba con los elementos probatorios, idóneos, pertinentes ysuficientes con los cuales pudiera tener por acreditada laintervención del agente en los hechos investigados y, por tanto,para formular acusación.

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La conclusión fue que la imputación originalmente realizadapor la Fiscalía General del Estado de Chihuahua, se sosteníaprincipalmente en declaraciones de testigos y no fueroncorroboradas con otros datos de prueba.

Por esa razón, refiere quedespués de escuchar el informe presentado por el agente delMinisterio Público de la Federación, el Juez de Distritoespecializado del Centro de Justicia Penal Federal del ReclusorioNorte, resolvió decretar el sobreseimiento de la causa penal,dejando a salvo, por supuesto, el derecho de la parte ofendida pararecurrir su determinación en el plazo de ley.

La Procuraduría General de la República (PGR) acusó a laFiscalía de Chihuahua de entregar información “parcial” en elcaso de Alejandro Gutiérrez Gutiérrez , exsecretario generaldel CEN del PRI, por lo que al no tener pruebas suficientes que lorelacionaran con el delito de peculado tuvo que desistir de laacusación en su contra.

El pasado viernes un juez federal determinó dejar en libertad aGutiérrez Gutiérrez, a quien las autoridades de Chihuahua loseñalaban de desviar hacia la campaña política del partido en2016 250 millones de pesos destinados a la educación.

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Señala que la audiencia llevada a cabo en el Centro de JusticiaPenal Federal con sede en el Reclusorio Norte, era a efectos de queel agente del Ministerio Público de la Federación emitiera elpronunciamiento que, conforme a los datos de prueba recabados,correspondiera en términos del artículo 324 del Código Nacionalde Procedimientos Penales.

La solicitud de incompetencia fue resuelta a favordel juzgado de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal delReclusorio Norte por sistema, fuero y territorio, radicándose elasunto bajo el nú

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Con estos datos, el agente del Ministerio Público de laFederación concluyó, de conformidad con el artículo 327fracción V del Código Nacional de Procedimientos Penales, queno contaba con los elementos probatorios, idóneos, pertinentes ysuficientes con los cuales pudiera tener por acreditada laintervención del agente en los hechos investigados y, por tanto,para formular acusación.

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Por esa razón, refiere quedespués de escuchar el informe presentado por el agente delMinisterio Público de la Federación, el Juez de Distritoespecializado del Centro de Justicia Penal Federal del ReclusorioNorte, resolvió decretar el sobreseimiento de la causa penal,dejando a salvo, por supuesto, el derecho de la parte ofendida pararecurrir su determinación en el plazo de ley.

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