/ martes 4 de febrero de 2020

Martí Batres busca que delito de pederastia no prescriba

El senador inscribió la necesidad de legislar este asunto, pues estimó que, al ser un tema difícil para las personas afectadas, pocas veces se presentan acciones legales inmediatamente

A fin de ayudar a víctimas de pederastia, el senador Martí Batres Guadarrama impulsa reformas para evitar que este delito no prescriba y con ello, las personas afectadas puedan denunciar sin una temporalidad establecida a sus agresores ante una autoridad.

El expresidente del Senado de la República inscribió la necesidad de legislar este asunto, pues estimó que, al ser un tema difícil para las personas afectadas, pocas veces se presentan acciones legales inmediatamente, lo cual deriva en la prescripción del delito, el cual fija como plazo máximo para la denuncia 13 años y medio como marca el Código Penal Federal.

Cabe recordar que cualquier acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años, de acuerdo con el Código Penal Federal.

En conferencia de prensa, detalló que cuando la víctima cumple 18 años, y hasta los 31 años y seis meses, puede ejercer acción penal contra el victimario, aclaró que, si en ese lapso no se presenta alguna denuncia, se extingue automáticamente la persecución del hecho.

“La prescripción es una figura jurídica regulada, que consiste en la extinción de la acción penal por el simple transcurso del tiempo señalado por la ley”, explicó Batres Guadarrama.

Por ello, sentenció que es necesario dar respaldo jurídico a los afectados para que en el momento que se sientan preparados para llevar el proceso correspondiente, tengan la confianza de que están amparados por la ley y la justicia.

“Es relevante mencionar que es un asunto donde la mayoría de los responsables no son procesados, entre otros motivos, debido a que transcurren los plazos legales de la prescripción. La pederastia es un delito muy grave que se da de forma continuada y dadas sus características y circunstancias no se denuncia de forma inmediata y se da a conocer muchos años después, cuando el delito ya ha prescrito y ya no se puede perseguir”, refirió.

La iniciativa que promueve el senador de Morena propone reformar el primer párrafo del artículo 107 Bis y adicionar un artículo 209 Quater, ambos del Código Penal Federal, a efecto de establecer que: “serán imprescriptibles las sanciones impuestas por la comisión del delito de pederastia”.

A fin de ayudar a víctimas de pederastia, el senador Martí Batres Guadarrama impulsa reformas para evitar que este delito no prescriba y con ello, las personas afectadas puedan denunciar sin una temporalidad establecida a sus agresores ante una autoridad.

El expresidente del Senado de la República inscribió la necesidad de legislar este asunto, pues estimó que, al ser un tema difícil para las personas afectadas, pocas veces se presentan acciones legales inmediatamente, lo cual deriva en la prescripción del delito, el cual fija como plazo máximo para la denuncia 13 años y medio como marca el Código Penal Federal.

Cabe recordar que cualquier acción penal prescribirá en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de la libertad que señala la ley para el delito de que se trate, pero en ningún caso será menor de tres años, de acuerdo con el Código Penal Federal.

En conferencia de prensa, detalló que cuando la víctima cumple 18 años, y hasta los 31 años y seis meses, puede ejercer acción penal contra el victimario, aclaró que, si en ese lapso no se presenta alguna denuncia, se extingue automáticamente la persecución del hecho.

“La prescripción es una figura jurídica regulada, que consiste en la extinción de la acción penal por el simple transcurso del tiempo señalado por la ley”, explicó Batres Guadarrama.

Por ello, sentenció que es necesario dar respaldo jurídico a los afectados para que en el momento que se sientan preparados para llevar el proceso correspondiente, tengan la confianza de que están amparados por la ley y la justicia.

“Es relevante mencionar que es un asunto donde la mayoría de los responsables no son procesados, entre otros motivos, debido a que transcurren los plazos legales de la prescripción. La pederastia es un delito muy grave que se da de forma continuada y dadas sus características y circunstancias no se denuncia de forma inmediata y se da a conocer muchos años después, cuando el delito ya ha prescrito y ya no se puede perseguir”, refirió.

La iniciativa que promueve el senador de Morena propone reformar el primer párrafo del artículo 107 Bis y adicionar un artículo 209 Quater, ambos del Código Penal Federal, a efecto de establecer que: “serán imprescriptibles las sanciones impuestas por la comisión del delito de pederastia”.

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