/ domingo 26 de julio de 2020

Corte inicia análisis de juicio político en Chihuahua

La Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del Estado de Chihuahua que permite la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos

La Suprema Corte de Justicia de la Nación iniciará el análisis de la Acción de Inconstitucionalidad que promovieron diputados locales en contra de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del Estado de Chihuahua que permite la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos, con el voto de la mayoría simple del pleno del Congreso estatal y a solicitud de la Fiscalía General del Estado (FGE).

Los legisladores argumentan que el dictamen de la nueva legislación no fue discutido por la Junta de Coordinación Política y fue incluido de forma arbitraria en la orden de día y se aprobó en comisiones apenas 30 minutos antes de la sesión y sin turnarlo a los diputados y líderes de bancada, como lo exige el reglamento del Congreso estatal.

El asunto ya había sido listado por primera vez el 16 de octubre de 2018 y en segunda ocasión en 11 de junio de 2020, por lo que este lunes el pleno de la corte retomara el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

La Acción de Inconstitucionalidad fue promovida por Diputados Integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua, por violatoria y regresiva, ya que derogan diversos artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

El dictamen establece que para abrir Juicio a funcionarios públicos, cualquier ciudadano, puede denunciar por escrito y en forma personal, ante el Congreso del Estado. La denuncia deberá tener pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la infracción.

El juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de 1 año después de la conclusión de sus funciones.

Las sanciones respectivas serán en plazo no mayor de 1 año, a partir de iniciar el procedimiento.

Tras la aprobación de dicha ley, 12 diputados locales de oposición al PAN interpusieron la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia de Chihuahua, aprobada por mayoría panista el 6 de marzo anterior.

El documento de 22 páginas presentada ante la SCJN fue avalado por las bancadas del PRI, Morena, Panal, PVEM, PT y PRD, que representan más de 33 por ciento de los legisladores que integran el Congreso estatal.

Los legisladores argumentan que el dictamen de la nueva legislación no fue discutido por la Junta de Coordinación Política y fue incluido de forma arbitraria en la orden de día y se aprobó en comisiones apenas 30 minutos antes de la sesión y sin turnarlo a los diputados y líderes de bancada, como lo exige el reglamento del Congreso estatal.

La referida ley fue aprobada con el voto mayoritario del PAN, 17 de 33 diputados que integran la legislatura, en sesión que abandonaron todos los diputados de oposición.

Entre otros puntos, la ley establece que para abrir juicio a funcionarios públicos, cualquier ciudadano puede denunciar por escrito y en forma personal ante el Congreso estatal; la queja deberá tener pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la infracción.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación iniciará el análisis de la Acción de Inconstitucionalidad que promovieron diputados locales en contra de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del Estado de Chihuahua que permite la remoción de integrantes del Poder Judicial, legisladores, consejeros electorales y funcionarios públicos, con el voto de la mayoría simple del pleno del Congreso estatal y a solicitud de la Fiscalía General del Estado (FGE).

Los legisladores argumentan que el dictamen de la nueva legislación no fue discutido por la Junta de Coordinación Política y fue incluido de forma arbitraria en la orden de día y se aprobó en comisiones apenas 30 minutos antes de la sesión y sin turnarlo a los diputados y líderes de bancada, como lo exige el reglamento del Congreso estatal.

El asunto ya había sido listado por primera vez el 16 de octubre de 2018 y en segunda ocasión en 11 de junio de 2020, por lo que este lunes el pleno de la corte retomara el proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán.

La Acción de Inconstitucionalidad fue promovida por Diputados Integrantes de la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua, por violatoria y regresiva, ya que derogan diversos artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

El dictamen establece que para abrir Juicio a funcionarios públicos, cualquier ciudadano, puede denunciar por escrito y en forma personal, ante el Congreso del Estado. La denuncia deberá tener pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la infracción.

El juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de 1 año después de la conclusión de sus funciones.

Las sanciones respectivas serán en plazo no mayor de 1 año, a partir de iniciar el procedimiento.

Tras la aprobación de dicha ley, 12 diputados locales de oposición al PAN interpusieron la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia de Chihuahua, aprobada por mayoría panista el 6 de marzo anterior.

El documento de 22 páginas presentada ante la SCJN fue avalado por las bancadas del PRI, Morena, Panal, PVEM, PT y PRD, que representan más de 33 por ciento de los legisladores que integran el Congreso estatal.

Los legisladores argumentan que el dictamen de la nueva legislación no fue discutido por la Junta de Coordinación Política y fue incluido de forma arbitraria en la orden de día y se aprobó en comisiones apenas 30 minutos antes de la sesión y sin turnarlo a los diputados y líderes de bancada, como lo exige el reglamento del Congreso estatal.

La referida ley fue aprobada con el voto mayoritario del PAN, 17 de 33 diputados que integran la legislatura, en sesión que abandonaron todos los diputados de oposición.

Entre otros puntos, la ley establece que para abrir juicio a funcionarios públicos, cualquier ciudadano puede denunciar por escrito y en forma personal ante el Congreso estatal; la queja deberá tener pruebas documentales o elementos probatorios suficientes para establecer la existencia de la infracción.

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