La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) invitó a las personas que planean vacacionar en México y a los connacionales que viajarán al extranjero y que regresarán al país, a que se informen sobre los productos de origen animal, vegetal, acuícola y pesquero que pueden ingresar al territorio nacional y cuáles no están permitidos, con el fin de agilizar su entrada al país.
Lo anterior, con el propósito de disminuir el riesgo de introducción de mercancías agroalimentarias que pudieran ser portadoras de plagas y enfermedades de importancia económica y cuarentenaria, las cuales pueden afectar la producción agrícola, pecuaria, acuícola y pesquera del país y con ello amenazar el abasto nacional y el patrimonio de los productores mexicanos, especialmente los de pequeña y mediana escala.
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Como cada temporada vacacional, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), con el apoyo de 70 binomios caninos, refuerza el programa de inspección turística en 22 puertos, 41 aeropuertos y 27 puntos fronterizos (incluido San Luis Río Colorado), para mantener libre a México de alrededor de mil plagas agrícolas y 78 enfermedades animales que tienen presencia en otros países y que no se quiere que se den en territorio nacional.
Las plagas
Entre las plagas y enfermedades que representan mayor riesgo para el sector agroalimentario mexicano destacan el gorgojo Khapra, la peste porcina africana (PPA) y la fiebre aftosa, las cuales tienen el potencial de causar daños importantes a la producción agroalimentaria.
Por ello, no está permitido ingresar con productos de origen vegetal o animal de preparación casera o artesanal, trofeos de caza que no cumplen los requisitos sanitarios, vasijas o artículos con contenido de origen animal, vegetal o desconocido, carne fresca de cualquier especie, indumentaria con restos de animales, quesos frescos, embutidos y huevo, entre otros.
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Cuando un producto de riesgo es retenido, los profesionales de inspección sanitaria de la Secretaría de Agricultura deben entregar al dueño un documento en el que se especifica el motivo de la retención y si es posible recuperarlo para retornarlo o alguna otra gestión aplicable.
El personal de Senasica debe informar sobre los plazos que otorga la ley para cumplir con los requisitos.
Los productos que no es posible recuperar o retornar al lugar de origen son destruidos, con el fin de mitigar el riesgo que representan para la dispersión de plagas o enfermedades de importancia económica o cuarentenaria.