Luego del anuncio realizado, el miércoles de esta semana, por funcionarios del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de la aprobación del otorgamiento de incapacidad a los trabajadores que presenten síntomas de Covid-19, en la oficina de la subdelegación no se ha recibido, hasta ahora, ninguna solicitud.
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David Jorge Lozano Pérez, titular de la subdelegación del IMSS en esta ciudad, indicó que tiene conocimiento de la disposición emitida por el doctor Mauricio Hernández Ávila, director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS.
Lozano Pérez dijo que la información sobre la nueva disposición se hizo llegar a todos los delegados del IMSS en el país y ellos a su vez a los subdelegados mediante la difusión de un video en el que Mauricio Hernández habla del tema.
A nivel nacional se establece que para facilitar el trámite de incapacidad a las personas afiliadas al IMSS que presenten síntomas de la enfermedad COVID-19, el H. Consejo Técnico del Instituto aprobó la obtención de un permiso especial por contingencia desde plataformas digitales de acceso remoto.
Hasta este momento, en la subdelegación no se tiene conocimiento de que algún trabajador hubiera efectuado este trámite, el cual se recomienda hacer a través de internet, precisamente para evitar riesgos de contagio de coronavirus.
Sin embargo, en la oficina local se tiene la disposición de orientar y apoyar en caso de que el interesado tenga alguna dificultad para hacer el trámite.
Dicha estrategia es un esfuerzo del Instituto por sumarse a las recomendaciones de la Secretaría de Salud para romper la cadena de transmisión, evitar la circulación de las personas con síntomas y que permanezcan en casa.
Directivos del IMSS precisaron que, si las y los trabajadores tienen signos de infección como tos, fiebre y dolor de cabeza, deben permanecer en casa sin acudir al médico para obtener su incapacidad, además de que está garantizado el subsidio económico durante los primeros 14 días, “que es lo que dura el cuadro leve de COVID-19”.
También resaltaron que el pago de la incapacidad es de 11 días, debido a que los primeros tres no se cubren al ser una incapacidad temporal por enfermedad general y, de ser necesario, se dará una prórroga.
Para el otorgamiento de la incapacidad el asegurado con síntomas debe llevar a cabo un proceso electrónico, que consiste en completar un cuestionario de tamizaje y recibir la respuesta de la procedencia o no del permiso especial.