/ viernes 8 de abril de 2022

Llaman a cuidar las especies marinas del Golfo de Santa Clara

Luego del incidente en el poblado, en que un turista pasó por encima de un banco de pejerrey, la conciencia de cuidar la biodiversidad aumenta

El incidente suscitado el pasado miércoles, en el Golfo de Santa Clara, donde un turista circuló en moto por la orilla de la playa, pero pasó por encima de un banco de pejerrey, desató una polémica en el sentido de que mató a varios ejemplares, rompiendo con el cuidado de la biodiversidad en la región.

La bióloga Martha Román informó que el pejerrey oficialmente no se encuentra en peligro de extinción, sin embargo se le debe proteger porque es un proceso importante de su reproducción, pues desovan en la playa.

Podría interesarte: Recomiendan tener precaución al transitar por carretera al Golfo de Santa Clara

“Lo que pasa es que se dio el hecho en un área protegida, pero, aunque no fuera así, se interfiere de manera drástica con un proceso biológico importante para la especie”.

Externó que es complicado que la persona que ocasionó este problema sea sancionada, puesto que la especie no está en peligro de extinción.

Asimismo, comentó que puede presentarse una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y quizás se pueda levantar un acta administrativa, a cuando mucho, pero debe haber denuncia para que sea efectiva.



Dijo que, si la especie estuviera en peligro de extinción, el proceso cambiaría radicalmente, debido a que es posible que el presunto responsable sea sancionado económicamente y es posible que sea encarcelado.

Además, indicó que, en muchas zonas de la reserva, hay letreros en donde se indica que no se permite la circulación de ese tipo de vehículos por la playa, por ser zona de desove.

Expresó que, si bien no está permitido circular en la playa, los turistas lo hacen de cualquier modo, simplemente se pasa por alto esa prohibición.

¿QUÉ ES LA LEY DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO?

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es la máxima ley de derecho ambiental en México que regula lo relativo al quinto lugar del cuarto artículo de la Constitución Política y el artículo 25, fue promulgada el 28 de enero de 1988.

El ordenamiento ecológico se define, jurídicamente, como el instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.

Con lo que se establece un marco básico de gestión integral del territorio y sus recursos, siendo además una herramienta estratégica para la convergencia entre Estado y sociedad.

Esa ley establece que el ordenamiento ecológico es un instrumento que se deberá incorporar en la planeación nacional del desarrollo.

Señala, además, cuáles son los criterios que deben considerarse para la formulación del mismo, cuáles son sus modalidades y describe cuáles son las instancias y los órdenes de gobierno a quienes corresponde la formulación de las diferentes modalidades del Ordenamiento Ecológico, lo mismo que los alcances de dichos programas.


Cortesía | Samuel Gallardo


¡MÁS FÁCIL Y MÁS SENCILLO! MEJORAMOS LA EXPERIENCIA DE LECTURA DE NUESTRA EDICIÓN DIGITAL ¡SUSCRÍBETE!

En el Reglamento, en materia de Ordenamiento ecológico se definen las competencias de la Semarnat, así como la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la formulación, expedición, ejecución, asesoría, evaluación, validación y vigilancia de los ordenamientos ecológicos de competencia federal; la participación en la formulación de los programas de Ordenamiento ecológico regional de interés de la Federación y en la participación en la elaboración y en su caso, la aprobación de los programas de ordenamiento ecológico local. Finalmente, cada estado tiene atribuciones particulares en materia de ordenamiento ecológico, establecidas en su respectiva legislación local.

El incidente suscitado el pasado miércoles, en el Golfo de Santa Clara, donde un turista circuló en moto por la orilla de la playa, pero pasó por encima de un banco de pejerrey, desató una polémica en el sentido de que mató a varios ejemplares, rompiendo con el cuidado de la biodiversidad en la región.

La bióloga Martha Román informó que el pejerrey oficialmente no se encuentra en peligro de extinción, sin embargo se le debe proteger porque es un proceso importante de su reproducción, pues desovan en la playa.

Podría interesarte: Recomiendan tener precaución al transitar por carretera al Golfo de Santa Clara

“Lo que pasa es que se dio el hecho en un área protegida, pero, aunque no fuera así, se interfiere de manera drástica con un proceso biológico importante para la especie”.

Externó que es complicado que la persona que ocasionó este problema sea sancionada, puesto que la especie no está en peligro de extinción.

Asimismo, comentó que puede presentarse una denuncia ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y quizás se pueda levantar un acta administrativa, a cuando mucho, pero debe haber denuncia para que sea efectiva.



Dijo que, si la especie estuviera en peligro de extinción, el proceso cambiaría radicalmente, debido a que es posible que el presunto responsable sea sancionado económicamente y es posible que sea encarcelado.

Además, indicó que, en muchas zonas de la reserva, hay letreros en donde se indica que no se permite la circulación de ese tipo de vehículos por la playa, por ser zona de desove.

Expresó que, si bien no está permitido circular en la playa, los turistas lo hacen de cualquier modo, simplemente se pasa por alto esa prohibición.

¿QUÉ ES LA LEY DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO?

La Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es la máxima ley de derecho ambiental en México que regula lo relativo al quinto lugar del cuarto artículo de la Constitución Política y el artículo 25, fue promulgada el 28 de enero de 1988.

El ordenamiento ecológico se define, jurídicamente, como el instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.

Con lo que se establece un marco básico de gestión integral del territorio y sus recursos, siendo además una herramienta estratégica para la convergencia entre Estado y sociedad.

Esa ley establece que el ordenamiento ecológico es un instrumento que se deberá incorporar en la planeación nacional del desarrollo.

Señala, además, cuáles son los criterios que deben considerarse para la formulación del mismo, cuáles son sus modalidades y describe cuáles son las instancias y los órdenes de gobierno a quienes corresponde la formulación de las diferentes modalidades del Ordenamiento Ecológico, lo mismo que los alcances de dichos programas.


Cortesía | Samuel Gallardo


¡MÁS FÁCIL Y MÁS SENCILLO! MEJORAMOS LA EXPERIENCIA DE LECTURA DE NUESTRA EDICIÓN DIGITAL ¡SUSCRÍBETE!

En el Reglamento, en materia de Ordenamiento ecológico se definen las competencias de la Semarnat, así como la participación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la formulación, expedición, ejecución, asesoría, evaluación, validación y vigilancia de los ordenamientos ecológicos de competencia federal; la participación en la formulación de los programas de Ordenamiento ecológico regional de interés de la Federación y en la participación en la elaboración y en su caso, la aprobación de los programas de ordenamiento ecológico local. Finalmente, cada estado tiene atribuciones particulares en materia de ordenamiento ecológico, establecidas en su respectiva legislación local.

Local

Llega la Navidad en SLRC; viveros ya cuentan con flores de nochebuena

Los sanluisinos están adquiriendo las diferentes variedades de flores de nochebuena para decorar sus casas y centros de trabajo, ya que es una flor que se asocia con la Navidad

Policiaca

Noche violenta en El Golfo: Acribillan a un hombre y localizan una cabeza en boulevard

Hasta el poblado pesquero se movilizaron peritos de la Fiscalía del Estado así como elementos de la Agencia Ministerial de Investigación Criminal para iniciar indagaciones

Local

Productores locales ya pueden reinscribirse en el Programa de Energía Agrícola

El programa está dirigido a personas físicas y morales con actividades agrícolas y que utilicen energía eléctrica en el bombeo y re bombeo de agua para uso de riego

Policiaca

Agentes de la policía municipal son capacitados sobre violencia familiar

Debido al aumento de este delito, los agentes están apoyando en la atención a los reportes en coordinación con la Agencia Ministerial de Investigación Criminal

Local

Sanluisinos esperan que rutas de "peseras" cubra zonas alejadas

Habría que esperar la reacción de la ciudadanía, una vez que se pongan en funcionamiento esas diez unidades

Local

La Banda de Música de la Secundaria 30 va rumbo a Acapulco

En estos momentos, 62 estudiantes que integran la Banda de Música, acompañados de 15 maestros y un agente de viajes, se dirigen a Guerrero para participar en el AcaFest