A poco menos de una semana de las elecciones, la iglesia católica invita a todos los fieles, en virtud de sus derechos y libertades cívico-democráticas consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a que ejerzan su derecho al voto con plena libertad el próximo 2 de junio, según lo establecido en el artículo 35, fracción I constitucional.
Por medio de un comunicado emitido por el Obispo de la Diócesis de Mexicali, Enrique Sánchez Martínez, se indicó que la elección de los representantes populares debe llevarse a cabo mediante sufragio universal, libre, secreto y directo. Así, el ciudadano tiene el derecho de acudir a las urnas a ejercer su derecho al voto, eligiendo la opción política de su preferencia, según sus convicciones e ideología política, sin coacción o cualquier otra influencia extrema que atente contra esa libre voluntad.
En virtud de lo anterior, con fundamento en el artículo 24 constitucional, que garantiza la libertad religiosa y de culto, así como en estricto apego y respeto a las leyes electorales vigentes en el país, en particular el artículo 130, inciso e, de la Constitución y los artículos 29 y 31 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, en este templo católico de la Catedral de Nuestra Señora de Guadalupe, perteneciente a la Diócesis de Mexicali…queda estrictamente prohibido utilizar las reuniones de culto o evangelización para realizar cualquier acto de proselitismo o campaña política.
Así mismo, las autoridades eclesiásticas han instruido a todos los ministros de culto de su territorio, para que se abstengan de realizar cualquier acto tendente a presionar o inducir a cualquier persona para realizar el voto en algún partido. Cualquier acto de esta naturaleza favor de reportarlo al e-mail: oficialiadiocesana@diocesisdemexicali.org o al teléfono 686-5524009.
Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
Derivado de lo anterior y con fundamento en los artículos 29 y 31 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, queda estrictamente prohibido, tanto al interior de los templos como en sus muros o fachadas interiores y exteriores, realizar cualquier tipo de promoción y publicidad (verbal, gráfica, escrita o de cualquier otra forma), en favor de candidato, partido o coalición política.