Exhortan a los patrones a registrar en el IMSS a empleadas del hogar

Al contar con la seguridad social tienen servicios médicos, hospitalarios, farmacéutico, incapacidades, pensión por invalidez y vida y otras prestaciones

Gloria Negrete | Tribuna de San Luis

  · miércoles 13 de octubre de 2021

En la subdelegación del IMSS se puede solicitar información sobre afiliación de trabajadoras domésticas/Cortesía | El Sol de México

En esta ciudad se tiene un registro de 216 trabajadoras del hogar que cuentan con acceso a la seguridad social, por lo cual el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) invita a los patrones a realizar el aseguramiento de las empleadas.

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Durante la pandemia los tratamientos para pacientes con cáncer no han sido suspendidos/Cortesía | IMSS

La forma de hacerlo es ingresando a la página http://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/inscripcion, o bien, a través de la aplicación IMSS Digital mediante sencillos pasos: proporcionar los datos básicos de identificación de la persona a registrar (CURP, correo electrónico, datos de contacto, RFC, Número de Seguridad Social y domicilio); salario diario y los días que labora la persona trabajadora. Posteriormente obtendrá a través del sistema el comprobante del trámite, así como la línea de captura para efectuar el pago de las cuotas obrero-patronales.

Estas personas pueden trabajar para uno o varios patrones y vivir o no en su lugar de trabajo; sin embargo, al contar con la seguridad social tendrán servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y atención obstétrica; incapacidades, pensión por invalidez y vida; fondo para el retiro, y prestaciones sociales dentro de las que se encuentran velatorios y guarderías.

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Rubí Nalleli Rivera Durán, titular de la subdelegación del IMSS en Ensenada, informó que, de esta manera, las trabajadoras del hogar contarán con la cobertura que les ofrece el Instituto.

En la subdelegación del IMSS se puede solicitar información sobre afiliación de trabajadoras domésticas/ Alonso Moreno | Tribuna de San Luis

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Asimismo, el seguro para las trabajadoras del hogar va sin restricciones para el asegurado y sus beneficiarios legales (cónyuge o concubina (rio), hijos, padre y madre), además de pago de incapacidad por enfermedad general, expresó Rivera Durán.