Estos son los días de descanso obligatorios del año

La Ley Federal del Trabajo establece que hasta tres veces su salario deberá percibir cada trabajador por laborar uno de estos días

Flor Bolaños | Tribuna de San Luis

  · viernes 3 de febrero de 2023

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Un ingreso extra genera el trabajar los días que en el calendario están marcados como descanso obligatorio por obedecer a la Ley Federal del Trabajo, mismos que en términos de educación, para los alumnos y trabajadores de la educación y personal de escuelas es un día libre común.

Estas son una serie de fechas que iniciaron con el primero de enero, pero que continúan este próximo fin de semana con el cinco de febrero, que en esta ocasión, como en otras, el descanso obligatorio se recorre al lunes porque la fecha cae en domingo.

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Liliana Aidé Luquen Rodríguez, delegada del Centro de Conciliación Laboral de San Luis Río Colorado, explicó que el cinco de febrero se considera obligatorio por ser el Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917 y se recorre al lunes seis.

“Los artículos 74 y 75 de la Ley Federal Del Trabajo, fundamentan que es día de descanso obligatorio el primer lunes de febrero en conmemoración al cinco de febrero fecha en la que se celebra el Aniversario de la Promulgación de la Constitución de 1917”.


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Comentó que en este caso, si al trabajador le toca laborar este lunes seis de febrero, tiene derecho a percibir su salario diario más un salario doble.

“Por ejemplo si el salario del trabajador es de 300 pesos al día, tendrá que recibir 600 pesos más, por lo que solo por este día trabajado, tendrán que pagarle 900 pesos, obviamente menos los impuestos estipulados por ley”.

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En el caso de no trabajar o descansarlo, el trabajador será merecedor al pago normal menos impuestos establecidos, por ese día.

Este será el primer fin de semana largo del año para los estudiantes, y será el que le abra la puerta a otras fechas más.

Los días de descanso obligatorio que establece la Ley Federal del Trabajo son el primero de enero que celebra el Año Nuevo, el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero por el Aniversario de la Constitución de 1917, el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo en conmemoración del natalicio de Benito Juárez, el primero de mayo por el Día Internacional del Trabajo y el 16 de septiembre por la conmemoración de la Independencia de México.

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Así mismo se celebra el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre por un aniversario más del inicio de la Revolución Mexicana, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal que para el próximo sexenio se programó para el primero de octubre), el 25 de diciembre y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias.