¿Es ilegal la compraventa de animales? Esto es lo que hay que saber

En hechos recientes, San Luis Río Colorado ha sido testigo de dos aseguramientos: uno de un tigre de bengala y otro de 34 pericos en un camión pasajero

Oscar Gómez | Tribuna de San Luis

  · lunes 14 de septiembre de 2020

Algunas personas de esta ciudad han apostado por la venta de animales como actividad para el sustento diario. / Víctor Félix | Tribuna de San Luis

Aunque grupos ambientalistas y asociaciones defensoras de animales consideran incorrecta la compraventa de especies como perros, loros, gatos, caballos, iguanas, entre muchas otras, existe otro gran número de personas que tanto en cruceros como en redes sociales mantienen constante dicha actividad económica. Sin embargo, existen muchos puntos a evaluar si se toman en cuenta especies que distan de ser “de compañía” o “de hogar”, en su mayoría considerados como exóticos.

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La maestra en Ciencias y ambientalista, Martha Román, explicó que para este último supuesto existe la norma NOM-059-SEMARNAT, la cual busca prohibir la adquisición de especies silvestres que requieren de protección dado al peligro de extinción al que se enfrentan.

“La Ley General de Vida Silvestre emanada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales dice que no se pueden comercializar las especies protegidas e incluidas en las listas de dicha normatividad”, la cual incluye un aproximado de 2 mil 606 ejemplares tanto de hongos como de aves, reptiles, mamíferos y peces, sin contar aquellas dentro de la lista de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES).

Algunos ejemplos de estas especies protegidas son erizos, hurones, guacamayas, cuyos, iguanas verdes, tortugas japonesas y jaguares, entre muchos otros más.

Cabe recordar que San Luis Río Colorado ha sido testigo de aseguramientos por parte de instancias federales, como el caso de un tigre de bengala que fue incautado durante los últimos días de enero de 2018 en esta ciudad y que después fue enviado al zoológico de Mexicali para su resguardo.

A su vez, durante el 12 de septiembre se tuvo registro de un aseguramiento de 34 pericos en el retén militar Cucapá, los cuales son denominados como exóticos al tratarse de una especie importada al país.


En México, son comunes los casos de tráfico de animales exóticos, principalmente felinos como pumas, jaguares y tigres. / Cortesía | @yoveterinariooficial


Al respecto, Román mencionó que “no es ilegal”, pero que es importante procurar que quien ofrezca el animal también lo haga junto con un certificado del gobierno federal, lo cual al final es difícil que le interese al cliente que lo único que quiere es adquirir el ejemplar.

“Podrías adquirir un jaguar y no pasa nada, siempre y cuando pertenezca a las Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA), en donde se reproducen y puedes comercializarlo, como sucede con la totoaba de criadero.”, especificando que esto suele ocurrir con animales en cautiverio con los que puedan comprobar la legal propiedad.

ES MALTRATO ANIMAL UN DELITO

Sin bien no hay una ley que prohíba comprar ciertos animales conocidos por ser de compañía, además de que la ley federal ampara la manutención de especies exóticas siempre y cuando se obtenga un permiso y no forme parte de las listas mencionadas; se incurre en un delito cuando el propietario no logra darle los cuidados necesarios para su desarrollo físico y mental, incurriendo en el delito de maltrato animal, el cual amerita encarcelamiento al dueño.

De ello, el abogado César Chávez Villapudua explicó que el código penal de Sonora es claro en su artículo 342 que indica que “se impondrá prisión de seis meses a dos años y multa a quienes lesionen animales por crueldad o maltrato que no ponen en riesgo sus vidas. Si las lesiones ponen en peligro la vida del animal, las penas serán de un año dos meses a tres años de prisión”.


En caso de adquirir algún animal en sitios como veterinarias o criaderos, el vendedor deberá expedir un certificado de legal propiedad de la nueva mascota, sobre todo si es especie exótica. / Alonso Moreno | Tribuna de San Luis


Asimismo, acerca de la pena por matar a un animal, el artículo 343 dicta que “se impondrá prisión de dos a seis años”.

“La venta de perros, gatos, aves, reptiles es plenamente legal, pero es penado si la especie que quieren comprar está en peligro de extinción, como la vaquita marina, que es más que obvio”, mencionó y dijo que otro de los problemas no es tanto la adquisición sino el mantenimiento que se le dé a la especie comprada, pues aunque se tengan los permisos de la Semarnat podría caer en el delito con la premisa del maltrato.