/ martes 6 de agosto de 2024

Coparmex pide respetar resultados electorales y la voluntad de los ciudadanos

Para la conformación de la Cámara de Diputados se establecen dos limitantes; ningún partido puede tener una sobrerrepresentación mayor al 8 por ciento ni contar con más de 300 diputados

Los integrantes de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hicieron un llamado al Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a respetar los resultados de las elecciones, así como la voluntad de los mexicanos que participaron en ella.

El dirigente de organismo local José enrique Carrasco Encinas, informó que la representación proporcional, consagrada en el artículo 54 constitucional, ha sido fundamental para garantizar la equidad, la pluralidad y los derechos de las minorías en la representación política de México, permitiendo que nuestra nación evolucione hacia una democracia más inclusiva, plural y justa.

“Si un solo partido controla tanto la Presidencia de la República como el Congreso mediante una sobrerrepresentación excesiva que perjudica a las minorías y subvalora sus votos, se comprometen estos derechos y se alienta la concentración del poder, limitando el equilibrio y el contrapeso necesarios en un Estado de Derecho”.

Agregó que reconocen el triunfo de la virtual Presidenta Electa Claudia Sheinbaum Pardo y los resultados de los procesos electorales del pasado 2 de junio son el reflejo de la voluntad de la ciudadanía.

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Sin embargo, en el caso de la conformación de la Cámara de Diputados, la Constitución establece dos limitaciones esenciales, ya que ningún partido puede tener una sobrerrepresentación mayor al 8 por ciento ni contar con más de 300 diputados en total.

“Consideramos que estas limitaciones del artículo 54 son aplicables tanto a partidos políticos individuales como a coaliciones electorales, garantizando así una representación justa y equilibrada en el Congreso”.


La sobrerrepresentación puede ser perjudicial para el país, afirma Coparmex Foto: Cortesía / OEM



Es crucial que las autoridades electorales revisen la Constitución en su conjunto y no solo una palabra o un artículo.

Una interpretación adecuada evitará regresiones a épocas en las que el control de un solo partido impedía la suficiente representación de la oposición y, por lo tanto, reducía y afectaba la vida democrática en nuestro país.

La Constitución no debe ser interpretada de manera restrictiva, aplicando el 8 por ciento de sobrerrepresentación a cada partido individualmente dentro de la coalición; en cambio, debe respetarse el máximo de 300 diputados y el límite de ese porcentaje de sobrerrepresentación para la coalición en su conjunto.

Dijo que aplicar de manera literal y aislada el artículo 54 constitucional, que señala que a ningún partido se le podrá asignar una sobrerrepresentación “que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”, significa que Morena y sus aliados tendrían un diputado por cada 80 mil votos a su favor, mientras que en el caso de la oposición sería un diputado por cada 200 mil votos.

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Asignar a una coalición que obtuvo el 54 por ciento de los votos el 75 por ciento de las curules en la Cámara de Diputados, mientras se demerita a la oposición que obtuvo el resto de los votos con sólo el 25 por ciento de los asientos, va en contra de la voluntad de la ciudadanía que votó por un Congreso con equilibrios.

Además, esto dejaría sin oportunidad a la oposición de presentar controversias constitucionales que requieren el 33 por ciento de los votos.

Con ello, la coalición en el poder puede aprobar, sin ninguna restricción, reformas constitucionales que pueden ir en contra de los otros poderes del Estado, como es el caso de la autonomía del Poder Judicial, la desaparición de los órganos autónomos y las autoridades electorales.


Los integrantes de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hicieron un llamado al Instituto Nacional Electoral (INE) y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a respetar los resultados de las elecciones, así como la voluntad de los mexicanos que participaron en ella.

El dirigente de organismo local José enrique Carrasco Encinas, informó que la representación proporcional, consagrada en el artículo 54 constitucional, ha sido fundamental para garantizar la equidad, la pluralidad y los derechos de las minorías en la representación política de México, permitiendo que nuestra nación evolucione hacia una democracia más inclusiva, plural y justa.

“Si un solo partido controla tanto la Presidencia de la República como el Congreso mediante una sobrerrepresentación excesiva que perjudica a las minorías y subvalora sus votos, se comprometen estos derechos y se alienta la concentración del poder, limitando el equilibrio y el contrapeso necesarios en un Estado de Derecho”.

Agregó que reconocen el triunfo de la virtual Presidenta Electa Claudia Sheinbaum Pardo y los resultados de los procesos electorales del pasado 2 de junio son el reflejo de la voluntad de la ciudadanía.

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Sin embargo, en el caso de la conformación de la Cámara de Diputados, la Constitución establece dos limitaciones esenciales, ya que ningún partido puede tener una sobrerrepresentación mayor al 8 por ciento ni contar con más de 300 diputados en total.

“Consideramos que estas limitaciones del artículo 54 son aplicables tanto a partidos políticos individuales como a coaliciones electorales, garantizando así una representación justa y equilibrada en el Congreso”.


La sobrerrepresentación puede ser perjudicial para el país, afirma Coparmex Foto: Cortesía / OEM



Es crucial que las autoridades electorales revisen la Constitución en su conjunto y no solo una palabra o un artículo.

Una interpretación adecuada evitará regresiones a épocas en las que el control de un solo partido impedía la suficiente representación de la oposición y, por lo tanto, reducía y afectaba la vida democrática en nuestro país.

La Constitución no debe ser interpretada de manera restrictiva, aplicando el 8 por ciento de sobrerrepresentación a cada partido individualmente dentro de la coalición; en cambio, debe respetarse el máximo de 300 diputados y el límite de ese porcentaje de sobrerrepresentación para la coalición en su conjunto.

Dijo que aplicar de manera literal y aislada el artículo 54 constitucional, que señala que a ningún partido se le podrá asignar una sobrerrepresentación “que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”, significa que Morena y sus aliados tendrían un diputado por cada 80 mil votos a su favor, mientras que en el caso de la oposición sería un diputado por cada 200 mil votos.

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Asignar a una coalición que obtuvo el 54 por ciento de los votos el 75 por ciento de las curules en la Cámara de Diputados, mientras se demerita a la oposición que obtuvo el resto de los votos con sólo el 25 por ciento de los asientos, va en contra de la voluntad de la ciudadanía que votó por un Congreso con equilibrios.

Además, esto dejaría sin oportunidad a la oposición de presentar controversias constitucionales que requieren el 33 por ciento de los votos.

Con ello, la coalición en el poder puede aprobar, sin ninguna restricción, reformas constitucionales que pueden ir en contra de los otros poderes del Estado, como es el caso de la autonomía del Poder Judicial, la desaparición de los órganos autónomos y las autoridades electorales.


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