/ lunes 29 de enero de 2024

Cómo solicitar el reconocimiento de la condición de refugiados en México

Durante los primeros 30 días hábiles después de llegar a México, es crucial que el migrante solicite protección. Para hacerlo, debe dirigirse a la COMAR

En México, el órgano de gobierno responsable de recibir, analizar y decidir sobre tu solicitud de la condición de refugiado es la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) por lo que es recomendable que los migrantes que quieren quedarse en este país, acudan a esta instancia, para hacer una solicitud de protección, compartió el administrador de la Casa del Migrante ‘Divina Providencia’, Martín Salgado Ames.

En los primeros 30 días hábiles (sábados, domingos y días festivos no cuentan) de su llegada a México, lo primero que tiene que hacer el migrante, dijo, es solicitar la protección, por lo que deberá acercarse a la COMAR, en las Oficinas de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) o a cualquier autoridad mexicana.

Comentó que luego de esto llenará un formulario o cuestionario explicando por qué salió de tu país y por qué no puede regresar.

El siguiente paso, agregó, es que la COMAR le dará una Constancia de trámite que prueba que el migrante ha iniciado el procedimiento y que no puede ser devuelto a su país. Esta, dijo, es un documento oficial con sus datos y fotografía y debe incluir a los familiares que lo acompañan.

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“El procedimiento inicia a partir de la fecha de expedición que aparezca en tu Constancia y es importante mencionar que la Constancia sólo es válida dentro del estado en el que inició el procedimiento por lo que si sale del estado, su trámite se considerará como abandonado”.

Una vez entregada la constancia, comentó, también se tramitará la Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal, que le permite al refugiado, acceder a trámites y servicios públicos en México.

Refugiados deberán presentarse a firmar

Por su parte la COMAR explica que el refugiado deberá presentarse en las oficinas de COMAR o del INM a firmar en los días que le indique ya que si falta a firmar el procedimiento será considerado como abandonado.

En cuanto a la tarjeta de visitante por razones humanitarias, la COMAR, señala que ser una persona solicitante de la condición de refugiado le da derecho a solicitar al INM este documento, la cual otorga una estancia regular en el país y autorización para trabajar, pero si el migrante abandona el procedimiento de solicitud de refugio no podrá renovarla.



Luego de dos entrevistas una de asistencia y otra de elegibilidad donde se conocerá la situación de la persona y su razones del refugio, la COMAR estudia el caso y te informa su decisión, en los 45 días hábiles, más 10 días hábiles para que la COMAR notifique su decisión. Si el periodo de notificación se extiende de estos días, deberán darle al migrante otra constancia.

Si la COMAR requiere más información para dar una respuesta, deberá avisarte y podría tomar otros 45 días hábiles para que recibas tu resolución. Te deben entregar una Constancia nueva.

Si se encuentra en San Luis Río Colorado, para cualquier información puede comunicarse al 6645183207 en Tijuana o al 5580489103 en Mexicali o buscar información en www.gob.mx/comar.


En México, el órgano de gobierno responsable de recibir, analizar y decidir sobre tu solicitud de la condición de refugiado es la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) por lo que es recomendable que los migrantes que quieren quedarse en este país, acudan a esta instancia, para hacer una solicitud de protección, compartió el administrador de la Casa del Migrante ‘Divina Providencia’, Martín Salgado Ames.

En los primeros 30 días hábiles (sábados, domingos y días festivos no cuentan) de su llegada a México, lo primero que tiene que hacer el migrante, dijo, es solicitar la protección, por lo que deberá acercarse a la COMAR, en las Oficinas de Regulación Migratoria del Instituto Nacional de Migración (INM) o a cualquier autoridad mexicana.

Comentó que luego de esto llenará un formulario o cuestionario explicando por qué salió de tu país y por qué no puede regresar.

El siguiente paso, agregó, es que la COMAR le dará una Constancia de trámite que prueba que el migrante ha iniciado el procedimiento y que no puede ser devuelto a su país. Esta, dijo, es un documento oficial con sus datos y fotografía y debe incluir a los familiares que lo acompañan.

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“El procedimiento inicia a partir de la fecha de expedición que aparezca en tu Constancia y es importante mencionar que la Constancia sólo es válida dentro del estado en el que inició el procedimiento por lo que si sale del estado, su trámite se considerará como abandonado”.

Una vez entregada la constancia, comentó, también se tramitará la Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal, que le permite al refugiado, acceder a trámites y servicios públicos en México.

Refugiados deberán presentarse a firmar

Por su parte la COMAR explica que el refugiado deberá presentarse en las oficinas de COMAR o del INM a firmar en los días que le indique ya que si falta a firmar el procedimiento será considerado como abandonado.

En cuanto a la tarjeta de visitante por razones humanitarias, la COMAR, señala que ser una persona solicitante de la condición de refugiado le da derecho a solicitar al INM este documento, la cual otorga una estancia regular en el país y autorización para trabajar, pero si el migrante abandona el procedimiento de solicitud de refugio no podrá renovarla.



Luego de dos entrevistas una de asistencia y otra de elegibilidad donde se conocerá la situación de la persona y su razones del refugio, la COMAR estudia el caso y te informa su decisión, en los 45 días hábiles, más 10 días hábiles para que la COMAR notifique su decisión. Si el periodo de notificación se extiende de estos días, deberán darle al migrante otra constancia.

Si la COMAR requiere más información para dar una respuesta, deberá avisarte y podría tomar otros 45 días hábiles para que recibas tu resolución. Te deben entregar una Constancia nueva.

Si se encuentra en San Luis Río Colorado, para cualquier información puede comunicarse al 6645183207 en Tijuana o al 5580489103 en Mexicali o buscar información en www.gob.mx/comar.


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