Cómo una muy buena propuesta, calificaron abogados de San Luis Río Colorado la intención que se presentó ante el Congreso del Estado para reformar la Ley de Conciliación.
La diputada Azalia Guevara Espinoza, llevó ante el pleno una iniciativa con el fin de establecer como requisito, que la persona que pretenda ser titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado no haya sido sancionada por faltas administrativas graves en un periodo de 10 años anteriores a la designación.
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Al respecto el abogado Fernando Santamaría dijo que es muy importante el perfil de cada persona sobre todo cuando está al frente de un Centro de Mediación.
“Hay que ver de fondo por que si bien es cierto que no se puede dar oportunidad a alguna persona que fue sancionada por algún delito relacionado con corrupción para que esté al frente de algún centro de mediación”.
Explicó que también hay que tomar en cuenta la presunción de inocencia en caso de que quien quiera ser responsable de un Centro de Conciliación se le impute algún delito.
“Por el antecedente pudiera ser parcial al momento de llevar a cabo la mediación, hay que tomar en cuenta la presunción de inocencia por que así como hay delitos fabricados, como se ha demostrado, también hay procedimientos de igual manera”.
Comentó que es una propuesta alentadora tanto para usuarios como para los que pretendan llegar a un puesto de ese tipo, ya que dijo, los obliga a hacer las cosas bien y actuar dentro del marco legal.
La legisladora morenista presentó una iniciativa con proyecto de Decreto que reforma las fracciones XI y XIII del artículo 49 de la Ley que Crea el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Sonora.
La propuesta que se presentó ante el Congreso se enfoca a las faltas administrativas graves al considerarse que, si una persona fue sancionada por una de esas faltas, carecería de rectitud, probidad y honorabilidad atributos que debe tener la persona titular del Centro de Conciliación, independientemente de la experiencia que tenga la persona sobre la materia laboral.
Las faltas que se señalan en esta propuesta de reforma son cohecho, peculado, tráfico de influencia, desvío de recursos públicos, entre otros más.
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“El plazo de 10 años que se proponen se considera suficiente para que la persona que haya sido sancionada por una falta administrativa grave se reivindique y no vuelva incurrir en la omisión de una falta administrativa de esa naturaleza en el futuro, por lo que al establecerse la temporalidad se estaría subsanando lo que la Suprema Corte resolvió en la acción de inconstitucionalidad en comento”.