Los derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que pueden beneficiarse de la receta resurtible, son los que cursan con 10 padecimientos crónicos específicos y que estén controlados por el médico tratante, así lo dio a conocer el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Baja California.
La receta resurtible se expide, principalmente a los pacientes adultos mayores, para que tengan sus medicamentos por tres meses (90 días) sin necesidad de acudir a la consulta médica cada mes.
Entérate: Gobierno de Sonora asegura la seguridad de turismo esta Semana Santa
Cabe destacar que el programa Receta Resurtirle se lleva a cabo en todas las Unidades de Medicina Familiar (UMF) y hospitales del IMSS, incluyendo los que funcionan en San Luis Río Colorado.
En caso de que por alguna circunstancia el paciente no pueda ir a canjear la receta, puede acudir algún familiar, a surtirla de acuerdo con la fecha del mes que corresponda.
Es importante tener presente que hay que ir por el medicamento en la fecha que indica la receta (sólo se tienen cinco días para surtirla a partir de la fecha que se establece en la misma). Y en caso de no haberla surtido o se perdió se debe solicitar una nueva cita con tu médico para que expida otra receta, ya que se cancelan automáticamente.
PADECIMIENTOS
Los 10 padecimientos controlados que se contemplan para la expedición de la receta resurtible son: diabetes mellitus tipo 2, hipertensión arterial sistemática, bronquitis crónica y asma bronquial.
Además de síndrome de colon irritable, epilepsia (adultos), artropatías, dorsopatías, dermatopatías crónicas y enfermedades de tiroides
RECIBE LAS NOTICIAS DE TRIBUNA DIRECTO EN TU WHATSAPP, SUSCRÍBETE AQUÍ